Estado venezolano viola derechos humanos de agricultores, incluido su derecho al trabajo

Desde que el gobierno venezolano expropió y quebró Agropatria, el acceso a suministros agrícolas es más costoso y difícil para los productores del campo, cuyos derechos humanos son violados constantemente por el Estado. Foto: cortesía Fedeagro.

(Mérida, 25/06/2023).- Las recientes noticias sobre la detención de dos agricultores por aparecer en videos botando cosechas que no podían transportar a los mercados, debido a la falta de gasolina, indignaron a la población venezolana. Quizá por ello, por el tamaño de la injusticia, los detenidos fueron liberados a los pocos días. Sin embargo, las detenciones de personas que denuncian violaciones de derechos humanos o la ineficiencia del régimen de Nicolás Maduro son recurrentes, como mecanismo de intimidación y amedrentamiento.

El Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) introdujo una denuncia ante la Defensoría del Pueblo del estado Mérida el pasado 22 de junio, sobre el impacto que tiene la escasez de combustible en los derechos humanos de los habitantes de la región andina. “Exigimos al Defensor que intervenga por los ciudadanos y cumpla con sus deberes para promover soluciones a la escasez de combustible”, publicó vía Twitter el ODH-ULA.

Pero los agricultores venezolanos no solo padecen la escasez de combustible, indispensable para el transporte de sus productos hacia los mercados nacionales, así como para todo el proceso de siembra, cultivo y cosecha. El Estado venezolano también viola sus derechos humanos y los de sus familias, limitando además su derecho al trabajo al no garantizar condiciones equitativas y satisfactorias, como lo establece el artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

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Estado incumple derechos constituciones y legales de trabajadores agrícolas

El artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece que “toda persona tiene derecho al trabajo” y que “el Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho”. Asimismo, señala que “la ley adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes”. Sin embargo, los trabajadores agrícolas no cuentan con medidas que garanticen su derecho al trabajo de forma plena.

Por su parte, la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, publicada en gaceta oficial el 7 de mayo de 2012, establece en su artículo 26 que “el Estado fomentará el trabajo liberador, digno, productivo, seguro y creador”. Esto en la práctica no se cumple con los trabajadores agrícolas, quienes no tienen condiciones de trabajo dignas ni productivas que son responsabilidad del Estado.

Dicha ley dedica su capítulo V a los Trabajadores y las Trabajadoras Agrícolas, que comprende los artículos 229 al 238. En este último, la legislación establece que “una ley especial regulará lo correspondiente a los trabajadores y trabajadoras que participan en la producción agropecuaria (…) en el marco de la justicia social y del proceso social de trabajo. Dicha ley se elaborará asegurando la más amplia participación de los trabajadores, trabajadoras y sus organizaciones sociales”. Once años después, esa ley especial aún no existe.

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Agricultores no cuentan con financiamiento ni acceso a suministros

Los productores agrícolas no cuentan con mecanismos de financiamiento ni pueden acceder a créditos, debido el alto porcentaje que mantiene el encaje legal bancario, que actualmente está en 73 %, siendo el más alto de América Latina. Esto impide que la banca pueda disponer de la mayor parte del dinero que recibe por depósitos para otorgar créditos, lo que contradice la más reciente promesa de Maduro de crear un mecanismo de financiamiento y un plan de total de bancarización para los productores agrícolas.

Asimismo, desde que el Estado venezolano expropió en 2010 la empresa española de suplementos agrícolas Agroisleña, y la convirtió en empresa estatal con el nombre de Agropatria, los agricultores dejaron de tener acceso a productos de calidad indispensables para la siembra y el cultivo. La mayoría de ellos deben acudir a mercados internacionales para comprar fertilizantes, pesticidas y otros agroquímicos, cuyos precios aumentan los costos de producción.

El fracaso de Agropatria tuvo consecuencias nefastas en los campos venezolanos, cuya producción se desplomó progresivamente. En 2020 el régimen de Maduro volvió a privatizar Agropatria, sin hacerlo público, luego de llevarla a la quiebra. Prueba de ello fueron los comunicados que recibieron trabajadores de varias sucursales, en los que el gerente de gestión humana les informaba de un nuevo patrono: la empresa privada Grupo Agrollano 2910 C.A.

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Sin condiciones de trabajo ni garantías de otros derechos humanos

Además de no contar con condiciones de trabajo dignas ni productivas, los agricultores venezolanos sufren constantes violaciones de otros derechos humanos, cuya garantía es responsabilidad del Estado. El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) establece que “todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. Las detenciones de los dos agricultores andinos muestran que el Estado venezolano viola el derecho a la libertad, así como el derecho a la libertad de expresión, previsto en el artículo 19 de la DUDH.

Los trabajadores agrícolas, así como todos los trabajadores de Venezuela, carecen de una verdadera seguridad social, que es un derecho humano establecido en el artículo 22 de la DUDH y un derecho constitucional previsto en el artículo 86 de CRBV. El Estado venezolano incumple a los trabajadores y a la ciudadanía en general lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, en cuyo artículo 18 se enumeran las 14 prestaciones sociales que dicho sistema debe garantizar. Ninguna de ellas se cumple satisfactoriamente.

Finalmente, el artículo 25 de la DUDH establece que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”. En las zonas rurales y agrícolas de Venezuela las carencias y necesidades son aún mayores que en las ciudades. Los centros de salud públicos son insuficientes y no cuentan con el personal ni los recursos necesarios para atender a la población. Muchas veces los agricultores y sus familias se ven obligados a trasladarse decenas de kilómetros por vías que están en condiciones deplorables para poder recibir atención médica.

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En los pueblos agrícolas de los Andes venezolanos el ODH-ULA y otras organizaciones de derechos humanos han registrado un peor funcionamiento de servicios básicos como electricidad, telecomunicaciones y gas doméstico. Además, en estas zonas la escasez de combustible es mayor, pese a la necesidad del mismo para la producción agrícola y su transporte. Una gandola de gasolina tarda entre tres semanas y hasta más de cuatro meses en llegar a las localidades más remotas de la región andina.

El ODH-ULA denuncia las violaciones de derechos humanos de trabajadores agrícolas con el fin de exigir al Estado venezolano que garantice los mismos en lugar de detener y amedrentar a los agricultores. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) tiene en su sitio web una cartera de notas de orientación de políticas sobre la promoción del trabajo decente en la economía rural, que reúne el amplio conjunto de instrumentos y herramientas elaborados en los últimos años. Está disponible aquí: https://cutt.ly/4wypNBu5