Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 238

Del 15 al 21 de abril de 2024

Estudiantes universitarios piden prórroga para inscripción en el registro electoral

Dirigentes estudiantiles de diferentes universidades de Venezuela se reunieron en el Rectorado de la Universidad de Los Andes para solicitar públicamente al Consejo Nacional Electoral (CNE) que conceda una prórroga para el registro electoral.

Cristhian Rodríguez, presidente encargado de la FCU-ULA, dijo que el pasado 16 de abril introdujeron ante el CNE-Caracas una solicitud por escrito para que conceda una prórroga de 15 días para que todos los estudiantes puedan inscribirse en el registro electoral o realizar el cambio de residencia y ejercer su derecho al voto el próximo 28 de julio[1].

Jesús Mendoza, presidente de la FCU-UCV, señaló que han recorrido más de 7 universidades del país incentivando a inscribirse en el registro electoral, pero lamentablemente faltó más promoción por parte del CNE y de unos 3 millones de ciudadanos que debieron inscribirse, solo unos 600 mil pudieron hacerlo[2].

“La juventud se pone a la orden de Venezuela en defensa del voto, exigimos extender la jornada y mayores puntos para que los jóvenes se inscriban y voten el 28 de julio”, dijo Samuel Rojas, presidente del Centro de Estudiantes de la Universidad Alejandro de Humboldt[3].

El ODH-ULA recuerda al CNE que está en el deber de proveer lo necesario para que todos los venezolanos puedan ejercer su derecho al voto, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 63[4].

Estudiantes de varias universidades de Venezuela solicitan públicamente al CNE la ampliación del tiempo para inscripción en el registro electoral

Desasistidos de servicio eléctrico habitantes de la Panamericana

Habitantes de la zona Panamericana, que comprende desde El Vigía hasta Arapuey, municipio Julio César Salas, se sienten totalmente desasistidos en materia de servicio eléctrico.

Así lo denunció Carlos Pernía, docente y dirigente agrario de la zona, quien agregó que las interrupciones exceden las 6 horas anunciadas por la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec) el 1 de abril del 2024[5].

Señaló que actualmente no hay un horario fijo para suspender la electricidad y muchas personas en la zona se enferman por las elevadas temperaturas.[6].

Igualmente denunció que los comercios y la producción agrícola-pecuaria no se pueden desarrollar, así como prestar un servicio de calidad al pueblo debido al mal servicio eléctrico[7].

Alberto Adriani de los más afectados

Por su parte Walter Durán, dirigente político del municipio Alberto Adriani, denunció que los cortes eléctricos por 6 horas continuas son exagerados y afectan fuertemente el desarrollo socioeconómico de la zona[8].

“Amanecí con un caucho espichado, me dirigí a la cauchera y a las 8 y 30 de la mañana hubo el primer corte eléctrico y, tras conversar con los trabajadores, me dijeron que debía esperar hasta las 4 de la tarde, lo que demuestra la pérdida económica durante el día laboral “, denunció Durán[9].

El ODH-ULA recuerda la obligación que tiene el Estado venezolano de adoptar medidas eficaces para garantizar un servicio eléctrico de calidad que permita el disfrute pleno de los derechos económicos y sociales de los habitantes, establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)[10].

Maestros jubilados del estado Táchira exigen pago de deudas pendientes

Un grupo de 220 maestros adscritos a la Dirección de Educación del estado Táchira, y que fueron jubilados en el año 2022, protestaron el pasado lunes 15 de abril en las afueras de la Residencia de Gobernadores para exigir el pago de deudas pendientes.

Reconocieron que, gracias a la gestión del gobernador del estado, Freddy Bernal, les cancelaron la jubilación en septiembre del 2023. No obstante, los montos que recibieron no cubrieron sus expectativas[11].

Según los afectados, para el cálculo de las prestaciones no se les reconocieron sus años de servicio como contratados y algunos salieron como pensionados con 23 años de servicio[12].

Pero además señalan que hay intereses moratorios sin cancelar y que el cálculo de sus prestaciones fue hecho de manera incorrecta. Es por ello que están exigiendo una reunión con el mandatario regional para plantear el problema y buscarle una solución[13].

“Hay muchísima inconformidad en los 220 jubilados porque realmente el pago no ha sido apegado al contrato colectivo que nos rige como parte regional”, dijo Diana Dávila, integrante del grupo de jubilados[14].

Desde el ODH-ULA acompañamos la petición de este grupo de jubilados para que se les reconozca su justo pago por prestaciones, tal como lo establece el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela[15] y demás leyes laborales.


[1] Entrevista a Cristhian Rodríguez. Pdte. (e) FCU-ULA, 17 de abril de 2024. 10.30.AM Rectorado ULA.

[2] Entrevista a Jesús Mendoza, Pdte. FCU-UCV, 17 de abril 2024. Rectorado-ULA.

[3] Entrevista a Samuel Rojas, Pdte. CE- UAH.

[4] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 63: “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.

Capítulo IV – De los Derechos Políticos y del Referendo Popular Sección Primera de los Derechos Políticos. https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-iv/

[5] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 63: “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.

Capítulo IV – De los Derechos Políticos y del Referendo Popular Sección Primera de los Derechos Políticos. https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-iv/

[6] Idem.

[7] Idem.

[8] Racionamiento Eléctrico genera crisis socioeconómica en Alberto Adriani. https://www.instagram.com/reel/C5x0Lejuxv1/?igsh=MXZwYzhueWdub3F1bQ==

https://www.instagram.com/reel/C5x0Lejuxv1/

[9] Idem.

[10] Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-economic-social-and-cultural-rights

[11] Bleima Márquez. (17 de abril de 2024). Maestros jubilados piden el pago de deudas pendientes. La Nación Web. https://lanacionweb.com/regional/220-maestros-jubilados-exigen-pago-de-deudas-pendientes/

[12] Idem.

[13] Idem.

[14] Idem.

[15] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 92.Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. El salario y las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata. https://pdba.georgetown.edu/Parties/Venezuela/Leyes/constitucion.pdf