Caso de Erickvaldo Márquez Moreno revela corrupción del sistema de justicia

El día 29 de junio de 2021, fue plenamente liberado Erickvaldo Márquez Moreno, estudiante de la Universidad de Los Andes, tras habérsele involucrado en un homicidio. Estuvo privado de su libertad, durante 3 años, 9 meses y 16 días, sin prueba alguna que lo involucrara en la comisión de ningún delito. Organizaciones de la sociedad civil y movimientos estudiantiles reclamaban su liberación[1].

Su caso se inicia en el contexto de las protestas del año 2017, específicamente en la protesta que tuvo lugar el día 24 de abril 2017 en la que resultara asesinado un trabajador de la Gobernación del Estado Mérida. A pocas horas de ocurridos los hechos, el Gobernador Alexis Ramírez acusó a ‘la derecha golpista’ como responsable del asesinato.[2]

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC-Mérida) y el Ministerio Público iniciaron investigaciones para esclarecer los hechos, sin resultado alguno. Transcurridos 5 meses del asesinato, la Fiscalía Cuarta, a cargo de María José Torres Angulo, presentó un testigo quien manifestó haber estado supuestamente en el lugar de los hechos, involucrando a Erickvaldo en el asesinato.

La violación de los derechos fundamentales de Erickvaldo se inicia desde el momento de su detención por el CICPC, 5 meses después de ocurrido el asesinato por el que se le acusa. Se practicó un allanamiento en su casa en el que no se encontraron pruebas, y una vez llevado a la sede policial, estando allí la Fiscal Cuarta indicó haber tramitado la orden de aprehensión ante el Tribunal y se le informó que quedaba detenido. Tal orden fue acordada por Carlos Manuel Márquez Vielma Juez provisorio del Tribunal de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal de Mérida, por vía de excepción y en ausencia de pruebas. Dos días después, Erickvaldo es presentado ante el Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal, y se le imputan los cargos de homicidio intencional calificado cometido con alevosía y por motivos fútiles contra Jesús Sulbarán y homicidio intencional calificado cometido con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración contra Yuleska Hernández.

A partir de allí, se dan una serie de actuaciones contrarias a los derechos de toda persona a un juicio imparcial, sin dilaciones indebidas y en libertad, especialmente cuando las investigaciones no aportaron pruebas razonables que justificaran la detención.

El testigo anónimo que nunca se conoció, ni asistió al juicio como única prueba contra Erickvaldo; la acusación fiscal presentada extemporáneamente[3]; la desestimación por parte de los jueces de los testigos presentados por la defensa y el diferimiento de audiencias en 19 oportunidades, 13 de las cuales fueron por causas imputables al Poder Judicial y 6 por causas imputables al Ministerio Público.

La audiencia preliminar se celebró casi 7 meses después de la detención arbitraria. El Juez de Control decretó la nulidad del escrito acusatorio por falta de evacuación de diferentes diligencias de investigación solicitadas por la defensa, pero sin embargo ratificó la medida de prisión preventiva. Transcurrido más de un mes, la Fiscalía presenta nueva acusación celebrándose la audiencia casi 3 meses después de aquélla y aun en ausencia de pruebas, el juez ordena pasar el caso a juicio, ratificando la privativa de libertad.

Conoce el caso el Tribunal de Juicio 5 a cargo del Juez José Gerardo Pérez Rodríguez. Luego de más de 2 años de su detención arbitraria, se da inicio al juicio que es interrumpido en el mes de marzo de 2020 por el decreto nacional de cuarentena por la pandemia covid-19. El juicio se reanuda casi 7 meses después.

El 15 de diciembre de 2020 el Juez de Juicio decretó la inocencia de Erickvaldo Márquez y ordenó su liberación plena, sin embargo, la Fiscal  auxiliar Lupe del Carmen Fernández Rodríguez impidió su liberación al ejercer un recurso de efecto suspensivo[4] alegando dudas razonables. Las dudas de la fiscal que dieron lugar a su injustificado recurso, en lugar de favorecer al imputado en razón del principio in dubio pro reo[5] supuso para Erickvaldo continuar privado ilegítimamente de su libertad durante 6 meses y 13 días contados desde su sentencia absolutoria.

Lo que ha ocurrido a Erickvaldo es parte de un patrón de actuaciones del gobierno como forma de represalia contra jóvenes que participaron en las protestas de 2014 y 2017. No debe olvidase que Steven García y Daniel Parra continúan privados arbitrariamente de su libertad acusados por delitos que no cometieron. El primero, desde hace más de 5 años (26.01.2016), tras ser acusado por Diosdado Cabello de asesinar a Giselle Rubilar[6]; mientras que el segundo permanece detenido desde hace casi 4 años (16.09.2017) acusado del homicidio de Douglas Acevedo, Supervisor Jefe de la Policía del Estado Mérida[7].


[1] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) (12 de septiembre, 2020). A tres años de su detención organizaciones de la sociedad civil y movimientos estudiantiles exigen la liberación de Erickvaldo Márquez. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2020/09/12/comunicado-al-cumplirse-tres-anos-de-la-detencion-arbitraria-del-estudiante-universitario-erickvaldo-marquez/

[2] Agencia Venezolana de Noticias AVN (24 de abril, 2017). Gobernador Alexis Ramírez: Derecho plantó muerte y terror en calles de Mérida. http://avn.info.ve/contenido/gobernador-alexis-ram%C3%ADrez-derecha-plant%C3%B3-muerte-y-terror-calles-m%C3%A9rida/   

La Patilla (24 de abril, 2017). Gobernador de Mérida confirma un muerto en la entidad y responsabiliza a VP y a PJ. https://www.lapatilla.com/2017/04/24/gobernador-de-merida-confirma-un-muerto-en-la-entidad-y-responsabiliza-a-vp-y-pj/

[3] Fuera del lapso de 45 días previsto en el tercer aparte del Artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. Ídem.

[4]Artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal. (Gaceta Oficial N° 6.078 del 15 de junio de 2012).

[5] Según el cual, en caso de dudas debe favorecerse al imputado.

[6]Véase: Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes, PROVEA, Universidad Católica Andrés Bello y Civilis Derechos Humanos (2015). Violaciones de los Derechos Humanos en Mérida. Febrero-julio 2014. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2015/09/08/i-informe-de-violaciones-de-los-derechos-humanos-en-merida/

[7] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) (29 de junio, 2021). Erickvaldo Márquez sale en libertad plena tras casi 4 años de injusta prisión. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2021/06/29/erickvaldo-marquez-sale-en-libertad-plena-tras-casi-4-anos-injusta-prision/