Observatorio DDHH-ULA determinó disparos a los ojos como patrón de actuación de la fuerza pública.

 

*** La edad promedio de las personas con traumas oculares es de 22 años

 

Mérida 13/08/2017.- Durante 93 días de protestas antigubernamentales registradas en todo el estado Mérida 22 personas fueron heridas en los ojos por disparos de cuerpos metálicos como balas, perdigones y balines y municiones modificadas con objetos tales como trozos de cabilla.

Así lo determinó el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA), tras la investigación realizada desde el 25 de abril y hasta el 27 de julio de este año, la cual da cuenta del número de personas que fueron víctimas de disparos certeros a los ojos y de un nuevo patrón de actuación por parte de las fuerzas del Estado.

En 93 días de represión 22 personas recibieron disparos a los ojos

En la represión que durante 93 días ejercieron los funcionarios de los organismos se seguridad contra los manifestantes al menos una persona fue atacada en los ojos cada cuatro días, generándole así traumas oculares.

La edad promedio de las 22 personas afectadas es de 23 años y el 95,45% son hombres, mientras que el 4,55% son mujeres.

En la ciudad de Mérida fueron registrados el 36,36% de los casos de disparos a los ojos.

Según la investigación del ODH-ULA, la cual se puede conocer a través del portal www.uladdhh.org.ve, se determinó que el 54,55% de las personas fueron afectadas en su ojo izquierdo, mientras que  31,82% recibieron los disparos en el ojo derecho.

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La investigación la realizó el Observatorio de DDHH-ULA recientemente

63,64% de las personas afectadas padecen de trauma ocular y 36,36% tiene exposición del órgano, cubierto por la piel.

El ODH-ULA consideró como un patrón de actuación los disparos a los ojos y en ese sentido expresó que el mismo viola el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 68, 69 y 70 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional.

Disparar cuerpos metálicos a los ojos de una persona viola además los artículos del 20 al 24 de la Resolución 008610 sobre las normas de la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, establecido por la Organización de Naciones Unidas (ONU, 1990) y los Convenios de Ginebra y sus protocolos, también fueron violados por los funcionarios de seguridad y orden público que dispararon hacia los ojos de las personas. (Prensa ODH-ULA)